Sabes cuáles son los Derechos del trabajador. Conoce de qué se trata en este artículo, porque en Argentina como en muchos otros países este derecho es inalienable.

Conoce los Derechos del trabajador
La constitución de Argentina establece los derechos de los trabajadores sea cual sea su genero y/o condiciones, todos por igual tienen derecho y aplican para ellos. De esta manera vamos a conocer los 8 derechos del trabajador en argentina son:
- Jornada Laboral
- Sueldo y aguinaldo
- Cobertura Social
- Aportes Jubilatorios
- Licencia Paga Vacaciones
- Licencia Por Maternidad
- Educación y Capacitación
- Representación Sindical.
Cómo exigir los Derechos del Trabajador
- Jornada Laboral: El horario de trabajo legal es de 8 (ocho) horas diarias.
- Sueldo y aguinaldo: Todo trabajador que tenga mas de 18 años tiene derecho a recibir una remuneración que no puede ser inferior al salario mínimo establecido. Cada trabajador tiene derecho a recibir una prima equivalente a un mes de remuneración, llamada aguinaldo. El pago se realiza todos los años en dos cuotas que se reciben junto a los sueldos de junio y de diciembre.
- Cobertura Social: Se tendrá el derecho a una cobertura de salud, que les da la garantía de cubrir cualquier clase de gastos que le suponga un accidente laboral por ejemplo.
- Aporte jubilatorio: Es importante este aporte ya que esto le da previsibilidad para cuando sean mayores y tengan menos posibilidades de trabajar y de desenvolverse en un empleo. La jubilación va a hacer que el día de mañana, cumpla la edad, tenga donde respaldarse sin tener que exponer su cuerpo y recurrir a trabajos informales.
- Licencia Paga (Vacaciones): Una vez cumplidos 6 meses de trabajo, se tendrá el derecho de tomarse una vacaciones pagadas.
- Licencia por Maternidad: Automáticamente al quedar embrazada tienes el derecho de 45 días anteriores al parto y hasta 45 días después del mismo sin necesidad de trabajar.
- Educación y Capacitación: Se cuenta con el derecho a recibir educación y capacitación dentro de la empresa en la que trabajan.
- Representación Sindical: Esto permite que los trabajadores puedan negociar contratos colectivos donde establezcan condiciones laborales.
Principios de los derechos del trabajador
- Tutelar o protector: establece un amparo a la parte trabajadora ante el trato desigual normativo de los sujetos.
- Continuidad de la relación laboral: busca que las relaciones laborales sean estables. Asegura la continuidad de la permanencia del trabajador en la empresa, protegiéndolo de despidos y limitando las facultades del empleador de ponerle término.
- Supremacía de la realidad: nos dice que los documentos o acuerdos son más importantes que lo que se de en la práctica.
- Razonabilidad: establece lo razonable como criterio interpretativo en situaciones en que producto de errores, confusiones, de simulación o de fraude es necesario establecer el verdadero alcance de las cláusulas o de las situaciones jurídicas, para no generar arbitrariedades o injusticias que no resulten razonables.
- Irrenunciabilidad de los derechos laborales: da la imposibilidad jurídica de privarse voluntariamente de una o más ventajas concedidas por el Derecho del Trabajo.
- Libertad sindical: es la aplicación e interpretación del Derecho Colectivo del Trabajo.
Derechos al trabajo y al Salario (Argentina)
- Artículo 14.– Todas las personas pueden gozar de los siguientes derechos conforme a las leyes que reglamenten su ejercicio, a saber: de trabajar y ejercer toda industria licita; de navegar y comerciar.
- Artículo 14. bis.– El trabajo en sus diversas formas gozará de la protección de las leyes, las que asegurarán al trabajador: condiciones dignas y equitativas de labor; jornada limitada; descanso y vacaciones pagados; retribución justa; salario mínimo vital móvil; igual remuneración por igual tarea; participación en las ganancias de las empresas, con control de la producción y colaboración en la dirección; protección contra el despido arbitrario; estabilidad del empleado publico; organización sindical libre y democrática, reconocida por la simple inscripción en un registro especial.
Presunción de despido por causa del embarazo
Se presume, que el despido de la mujer trabajadora obedece a razones de embarazo cuando ocurriese dentro del plazo de 7 meses y medio anteriores o posteriores a la fecha del parto, siempre y cuando la mujer haya cumplido con su obligación de notificar y acreditar su embarazo. En caso de producirse el despido, corresponde una indemnización equivalente a 1 (un) año de remuneraciones.
Descansos diarios por lactancia
Las mujeres trabajadoras madres podrán disponer durante 1 (un) año, de dos (2) descansos de media hora para amamantar a su hijo/a, en el transcurso de la jornada de trabajo, salvo que por razones médicas sea necesario que la madre amamante a su hijo por lapso más prolongado.
En los negocios donde preste servicios el número mínimo de trabajadoras que determine la reglamentación, el patrono debe habilitar salas maternales y guarderías para niños y niñas hasta la edad y en las condiciones que oportunamente se establezcan.
Licencia por paternidad
Por nacimiento de hijo o hija, dos (2) días hábiles corridos, salvo que el convenio colectivo correspondiente al gremio del trabajador, establezca un plazo superior.
Deberes del trabajador en Argentina
- Diligencia y colaboración. Todo empleado debe cumplir con su trabajo con compromiso y eficacia, utilizando su capacidad productiva en beneficio de su empleador. Incumpliría este deber todo aquel que fuera impuntual reiteradamente, se ausentase de su puesto laboral sin autorización o faltase al trabajo sin justificación.
- Fidelidad. Se desprende del principio de buena fe. El trabajador debe adoptar una conducta de honradez y guardar secreto de las informaciones privadas de la empresa a las que tenga acceso.
- Cumplimiento de órdenes e instrucciones. El trabajador debe cumplir con las órdenes e instrucciones que se le comunique aunque esté disconforme con ellas y siempre que estén dentro del marco de la legalidad.
- Responsabilidad por daños. Para que se dé este caso es necesario que el trabajador tenga una responsabilidad directa sobre los daños ocasionados. No responderá, por tanto, ante los deterioros producidos por el estricto cumplimiento de sus tareas ni ante negligencias.
- No concurrencia. El trabajador no debe negociar por cuenta propia o ajena con empleadores de la competencia, salvo que su empleador lo autorice.
- Auxilio o ayudas extraordinarias. Cuando exista un peligro grave o inminente para las personas o para las cosas incorporadas a la empresa, el trabajador debe prestar los auxilios que se requieran.