A continuación, en este artículo podrás conocer todos y cada uno de los detalles correspondientes a la Libreta Militar Colombia, un documento importante.

Certificado Libreta Militar Colombia
En caso de ser estudiante, adulto desempleado o un hombre de familia, es de gran importancia que te tomes el tiempo necesario para entonces conocer como se encuentra tu estado dentro del ejército y de esa manera, poder expedir la libreta militar o dar un servicio obligatorio dependiendo de los requisitos.
Es por ello que nos hemos dado el tiempo de llevar a cabo una investigación de todos los detalles para que usted, que es colombiano y de seguro ha escuchado mencionar el término de libreta militar toda su vida o posee hermanos, primos, tíos o amigos que tal vez hayan querido dar inicio al proceso, sea capaz de hacerlo sin ningún problema al conocer los Requisitos para la Libreta Militar Colombia.
¿Cómo sacar la Libreta Militar Requisitos?
Se sabe que el proceso para poder sacar la Libreta Militar podrá ser obtenido mediante Internet llenando un formulario preciso además de seguir los diversos pasos que mencionaremos a continuación:
- Primero que nada, deberá de entrar en la Web oficial y seguido de ello, ubicar el botón correspondiente para registrarse. Se deberá de pulsar.
- Entonces aparecerá un formulario en el cual se le pedirán cada uno e los daos personales que deberán de anunciar.
- Por otro lado, una vez que se haya activado la cuenta, es el momento perfecto para ingresar y pulsar sobre la opción de «Inscripción»
- Una vez que estemos dentro de la página, se le solicitarán diversos datos personales como los siguientes: Estrato, Nivel académico, Datos de la familia, Y anexar algunos documentos para iniciar el proceso.
- Igualmente, una vez que se haya revisado el proceso en Ejercito Nacional, se le asignará a cada uno de los sesenta (60) distritos militares del país.
- Seguido de ello, se le citará al distrito asignado anteriormente y le indicarán cuál será el documento que deberá llevar.
- Para finalizar, ya que se haya llevado a cabo el examen físico y psicológico, si es apto se deberá de pagar los servicios militares y en el caso contrario, deberá de cancelar la cuota de compensación.
Es importante mencionar y tener siempre en cuenta que dentro de las excepciones, así pase el examen físico y psicológico, no será realmente obligado a pagar el servicio militar.
Ejército de Colombia Libreta Militar: Documentos necesarios para la inscripción
Para poder llevar a cabo la inscripción sin problema y así dar inicio al proceso, se deberá de tener siempre a la mano los requisitos que mencionaremos a continuación:
- Registro civil de nacimiento
- Cédula de ciudadanía (En caso de presentar algún inconveniente con su cédula podrá consultar alguna página oficial)
- Diploma de bachiller y acta de graduación
- Una foto de 2.5 x 4.5 cm de frente, con traje y fondo azul claro
- Cédula de ciudadanía de los padres.
- Finalmente, si está exento de prestar servicio, un documento que acredite su estado. Más abajo podrá saber si usted está dentro de las personas exentas o no.
Libreta Militar Colombia: ¿Cuánto vale sacar la libreta militar?
En el caso en el que el adulto sea quien decida prestar un servicio, se sabe que la tarjeta no tendrá ningún costo; por otra parte, si ha preferido pagarla, estos serían los costos que deberá de tener en cuenta al momento de realizar el pago de la libreta.
- 1%del patrimonio líquido familiar
- 60% del total de los ingresos mensuales
- Lo anterior dividido por el número de hermanos menores que se encuentren estudiando (máximo 2). Además de:
- 15%del salario mínimo legal vigente por concepto de elaboración y laminación.
- 20% del salario mínimo por año, en caso de tener multa por no inscripción.
Si se encuentra algún remiso, se deberá de sumar lo siguiente:
- 2 salarios mínimos legales vigentes por cada año o fracción en caso de multa por no presentación (estado de remiso).
Ejemplo:
- Patrimonio familiar: Casa de 60.000.000. de pesos colombianos
- Ingresos mensuales del núcleo familiar 2 salarios mínimos (2015): 1.288.700
El Cálculo:
- El uno por ciento (1%) del patrimonio familiar: 600.000 + 60% de los ingresos mensuales: 773.220-
- Lo mencionado dividido por número de hermanos incluyendo el interesado + la elaboración y laminación de la Tarjeta Militar. 15% del Salario Mínimo: 97.000 (para el año 2015)
- Para un total de: 1’470. 220 pesos colombianos.
¿Quiénes están exentos de prestar el Servicio Militar?
A cada uno de los jóvenes estudiantes de las Carreras Universitarias o Carreras Técnicas del SENA, se les aplaza la definición de la situación militar y recibe una tarjeta provisional. Igualmente, se dan a conocer diversas condiciones que hacen que algún mayor de edad colombiano no presente el servicio y por lo mismo, se soluciona de inmediato, se encuentran exenciones en todo tiempo:
No pagan cuota de compensación:
- Los limitados físicos y sensoriales permanentes.
- Los indígenas que residan en su territorio y conserven su integridad cultural, social y económica.
Las Exenciones en tiempo de paz:
Una vez que se tiene lo antes mencionado en cuenta, se da a conocer las Exenciones en Tiempo de Paz donde si pagan Cuota de Compensación:
Si pagan cuota de compensación:
- Clérigos, religiosos y similares jerárquicos de religiones o iglesias dedicados a su culto. reconocidos por la legislación colombiana.
- El hermano o hijo de la persona que ha muerto o adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate, en actos del servicio, o como resultado del mismo, durante la prestación del servicio militar obligatorio.
- Si es hijo único.
- Huérfanos de padre y madre, que con su trabajo atienda el sustento de sus hermanos.
- Los hijos de oficiales, suboficiales, agentes y civiles de la Fuerza Pública que han muerto y adquirido una inhabilidad absoluta y permanente en combate o actos del servicio.
- Clérigos, religiosos y similares jerárquicos de religiones o iglesias dedicados a su culto. reconocidos por la legislación colombiana.
- Los casados que hagan vida conyugal.
- Los inhábiles relativos y permanentes.
- El hijo de padres incapacitados para trabajar o mayores de 60 años que tengan escasos recursos para la renta, pensión o medios de subsistencia, siempre que dicho hijo vele por ellos.
- Ciudadanos condenados.
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