Baja maternidad paro sin prestación: Adopción

Conoce todo los referente a la baja maternidad paro sin prestación, sus requisitos, los diferentes casos y mucho más, todo esto lo hablaremos en el artículo de hoy, así que quédate y continúa leyendo.

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Conoce todo sobre el bajo maternidad paro sin prestación, requisitos y más.

Baja maternidad paro sin prestación: Conoce en qué situaciones se tiene derecho a esto

El permiso para estar de baja por maternidad es un derecho que todas las trabajadoras deben tener para poder disfrutar un descanso de 16 semanas o cuatro meses en caso de una maternidad, ya sea de forma natural o una adopción y debe seguir cobrando su prestación durante este tiempo.

Además, siempre que estén de alta en alguna compañía, pueden exigir otros derechos de conciliación por vida laboral y familiar, esto puede ser la lactancia, una reducción de jornada por guarda legal de un menor de 12 años o por exceso de cuidado de un menor de 3 años. El caso más normal que se presente es el del parto natural, pero también existe el derecho en caso de adopción, acogimiento familiar o una tutela.

A lo largo de este artículo, hablaremos sobre el derecho de las mujeres para solicitar su prestación, aunque no esté trabajando o se encuentre desempleada cobrando una prestación por desempleo, subsidio o que no recibe ningún tipo de prestación o ayuda.

Fin del contrato mientras disfruta el permiso de maternidad

En esta situación, la trabajadora no deberá sufrir ningún perjuicio porque se termine el contrato mientras esté de permiso por maternidad, ya sea por baja voluntaria, fin de contrato o un despido. La cuantía y la duración de la prestación de maternidad seguirá siendo la misma que percibía. La maternidad es pagada por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y éste será el que le seguirá pagando.

Una vez termine el permiso de maternidad deberá solicitar un paro en el plazo de 15 días hábiles en las oficinas del SEPE. En ningún caso se descontará su periodo de prestación por desempleo del tiempo que permanece en situación de maternidad.

Por otra parte, sin que esté relacionado con el permiso de maternidad, cabe destacar que una trabajadora en situación de embarazo tiene una protección especial en el procedimiento de extinción de relación laboral, por lo que es aconsejable que se revise el procedimiento y las causas de la empresas para terminar dicha relación y comprobar si se puede demandar por despido improcedente.

Trabajadora que cobre el desempleo y solicite prestación por maternidad

En este caso, la trabajadora debe suspender la prestación por desempleo que ha estado recibiendo para recibir la ayuda por maternidad, la cantidad de la prestación por maternidad se aumentará en un 100% de la base que fue utilizada para calcular el desempleo.

Una vez que culmina la prestación por maternidad se reanuda la ayuda por desempleo en la cuantía y duración que le faltaba por recibir, sin descontar lo percibido por durante la maternidad. Con esto quiere decir, que la prestación por maternidad no descuenta ni el tiempo del paro ni la cuantía que se percibe.

Cabe mencionar, que durante este tiempo la trabajadora puede seguir participando en las ofertas de empleo, bolsas de empleo y cursos formativos si así lo desea. Para poder solicitar la prestación por desempleo, deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • Solicitar la baja en el SEPE de la prestación de desempleo, además, presentarse con el libro de familia, el informe de maternidad o un documento que compruebe su situación de embarazo.
  • Una vez que tenga la copia de la solicitud de baja presentada, deberá acudir al Instituto Nacional de la Seguridad Social para poder solicitar la ayuda por maternidad.
  • Una vez finalice el periodo de maternidad, cuenta con un plazo de 15 días para volver a solicitar el paro, en caso de solicitarlo fuera de este plazo pueden descontar los días de prestación que estén fuera de plazo.
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En caso de adopción también se tiene derecho al permiso de baja por maternidad y a percibir la prestación correspondiente.

Trabajadora que cobre el subsidio por desempleo y se encuentre en situación de maternidad

La baja por maternidad no afecta en caso de estar cobrando un subsidio, esto quiere decir, que la trabajadora puede seguir cobrando la misma cuantía y, además, se aumentará el período de cobro.

Asimismo, si sigue de baja por maternidad y termina el derecho de subsidio, no existe la posibilidad o derecho de prestación por parte del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

En todo caso, es obligatorio notificarle la situación a la oficina de empleo para entregar el informe médico de la Seguridad Social para que el pueda suspender la demanda de empleo y de esta manera no tener ninguna obligación de renovar ni acudir a cursos de formación si no lo desea.

En caso de que finalice el subsidio, se continuará en situación de maternidad y no se tendrá derecho a prestación por ninguna situación a cargo del Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Trabajadora desempleada que no cobra subsidio ni prestación por desempleo

En este último caso de que no ejerza funciones laborales, ni tampoco reciba el paro o subsidio, son limitadas las situaciones en las que se puede dar una ayuda o prestación de parte de la Seguridad Social, sin perjuicio de las posibles ayudas que pueda establecer la Comunidad Autónoma o localidad donde viva la trabajadora. De esta manera, en el artículo 391 de la Ley General de la Seguridad Social, se establece que tiene derecho a una ayuda o prestación económica de pago en caso de:

  • Nacimiento o adopción de hijo.
  • En casos de familias numerosas, monoparentales o en casos de madres o padres con discapacidad.
  • Adopción o partos múltiples.

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