Te encuentras en un dilema y no sabes ¿Cómo pasar de incapacidad permanente a gran invalidez? En este artículo te vamos a dar toda la información que necesitas para lograr ese cambio en tu condición de pensionado.
¿Cómo pasar de incapacidad permanente a gran invalidez?
Los grados de incapacidad no son iguales en cada una de las personas. Dependen fundamentalmente del porcentaje de movilidad, capacidad y funcionalidad que se hagan al momento de realizar una labor en un trabajo; hoy en día muchas personas por el estrés y el quehacer diario llegan a tener complejidades para llevar a cabo esas labores diarias.
Al notar la existencia de problemas en la movilidad, ejecución y desarrollo de actividades laborales, es necesario acudir a especialistas que serán quienes decidan, si seguir ejerciendo la labor dentro de la empresa. Hoy en este artículo te vamos a dar toda la información para saber cómo pasar de incapacidad permanente a la de gran invalidez.
Las condiciones
El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) por medio de los institutos y organismos pertinentes, son los encargados de llevar a cabo los procesos para valorar, autorizar y reconocer el tipo de incapacidad. Establece las condiciones, los porcentajes, las cantidades de las ayudas económicas a quienes sean considerados como personas con incapacidad permanente o de gran invalidez.
Para ello y como un aporte a quienes están en esta situación, te diremos las características y parámetros que deben cumplir cada una de esas condiciones.
Incapacidad permanente
Este tipo de incapacidad puede darse de forma temporal o absoluta. En el caso que nos corresponda, definiremos las especificaciones y los criterios aplicables a la incapacidad permanente, la cual es inferior a la que posteriormente veremos más adelante.
Este tipo de situación física considera un grado de incapacidad laboral donde la persona no puede realizar ningún trabajo, debido a una enfermedad o lesión grave. Este tipo de condición se solicita por medio de la asistencia a un centro de salud relacionado con la Seguridad Social, quien será el encargado de decidir si la persona cumple con esta condición.
Después de ciertos estudios por especialistas, se hace la propuesta para otorgar la incapacidad permanente. En este sentido el caso pasa a considerarse como una pensión contributiva, la cual dependerá de las bases de cotización establecidas por el empleador.
Si la persona es autónoma, se toman en cuenta las cotizaciones que haya hecho hasta la fecha. En todo caso se reconoce el 100% de la base reguladora, la cual se aplica cuando la persona o el trabajador presenta una condición no mayor a 33% de incapacidad y disfrutando de una serie de beneficios.
En el caso cuando la incapacidad es derivada de una enfermedad física o accidente de tipo laboral, el Instituto Nacional de Seguridad Social INSS, es el encargado de cancelar la pensión a la persona afectada. Si el accidente es causado por alguna negligencia por parte de la empresa o empleador, el usuario sólo podrá percibir entre un 30% o un 50% más de pensión en forma de indemnización.
Para las situaciones de accidente laboral o enfermedad profesional donde no haya responsabilidad en las partes la cancelación de la pensión corresponde al estado y la empresa; es decir corre por cuenta mutua.
La Gran invalidez
Tan conocida la incapacidad permanente es bueno saber ahora de la llamada Gran invalidez. Consiste en el nivel de incapacidad laboral más alto que se le otorga a un trabajador; en este caso la persona no puede realizar ningún tipo de actividad laboral debido a enfermedad o lesión; incluso no puede realizar acciones por sus propios medios, teniendo que requerirla ayuda de otra persona.
Para disfrutar (Por así decirlo, ya que no es una condición físico mental para disfrutar) de este beneficio en el grado de incapacidad de gran invalidez. El paciente o la persona deben estar totalmente de alta o asimilada; asimismo, no tener ningún tipo de acceso con la edad de jubilación ordinaria y disponer de suficiente tiempo mínimo en la cotización.
El afectado en este caso cobra por pensión el 100% de la base reguladora. Se adiciona además un suplemento por Gran Invalidez, el cual resulta de la suma del 45% de la base mínima de cotización vigente en el Régimen General; más el 30% de la última base de cotización del trabajador, según las circunstancias y condición de la incapacidad permanente que posea.
¿Quién lo gestiona?
Para este tipo de incapacidad la administración, control y gestión de todo el proceso corre por cuenta del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), si la condición proviene de una enfermedad común o accidente no laboral.
En el caso de la gran invalidez causada por enfermedad profesional o accidente ocasionado en la empresa; la responsabilidad del pago corre por la mutua colaboradora con la Seguridad social, dependiendo quien tenga el registro de cobertura.
El cambio de condición
Aunque es posible contar con una gran invalidez sin estar trabajando, solo si se tiene cotizado aunque sea más de quince años. Las condiciones para poder contar con este tipo de pensión no solo dependen de la condición de salud; también dependen de tener al día ciertos requisitos y cumplir con lagunas condiciones de tipo legal laboral, tales como:
- Si es por enfermedad común, se deben de cumplir los siguientes requisitos:
- El trabajador debe de estar en alta o situación asimilada a la de alta.
- Si el trabajador no está en alta ni en una situación asimilada al alta; entonces tiene derecho a contar con un periodo mínimo de cotización exigido es de 15 años.
- Si la incapacidad proviene de un accidente laboral o común o una enfermedad profesional, es importante estar de alta y no es necesario tener ningún periodo de cotización.
- Cuando es un accidente no laboral y la persona no se encuentra en situación de alta o asimilada al alta. Se considerará como una enfermedad común por lo que el tratamiento será para este tipo de situaciones.
- No es necesario agotar el tiempo máximo de cotización establecido por la ley de 545 días, para solicitar el derecho de la gran invalidez.
Conclusión
Las lesiones y problemas de salud que llevan a la solicitud de la gran invalidez están relacionadas con factores que llevan por ejemplo: Utilización de sillas de ruedas, limitaciones por ceguera, enfermedades psíquicas; de manera que pueden solicitarse como se hace con cualquier otra incapacidad.
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