Quiéres saber cuáles son las consecuencias denuncia inspección de trabajo, sigue leyendo este artículo y te mostraremos cuáles advertencias y sanciones se consideran como unas consecuencias.

¿Qué es una demanda laboral y cuáles son las consecuencias denuncia inspección de trabajo?
Toda persona que no se sienta cómoda o conforme con los parámetros o lineamientos cambiados durante la relación laboral, puede traer como consecuencia problemas laborales y en ese momento es donde tenemos la interrogante si existen consecuencias denuncia inspección de trabajo.
La demanda laboral es el medio más usado para la resolución de conflictos entre empleador y trabajador. Lo primero que hay que entender es que el derecho laboral siempre buscará proteger a la parte más débil del juicio, en este caso, el trabajador. La Inspección de Trabajo tiene como función principal velar por el cumplimiento de:
- Las normas laborales
- De prevención de riesgos laborales
- Seguridad Social y protección social
- Colocación, empleo y protección de desempleo,
- Las normas de Cooperativas
- Las normas de Migración y trabajo de extranjeros.
- Cualquier otra norma que se le asigne legalmente.
Consecuencias de una inspección de trabajo
Generalmente las visitas de inspección de trabajo son imprevistas, pero existe la posibilidad de que si han realizado una denuncia o demanda ya sea anónima o no, pues lo más seguro es que los inspectores de trabajo se acerquen hasta la empresa.
Cabe destacar que, a los inspectores de trabajo no se les puede negar la entrada a las instalaciones y tampoco se le puede negar alguna información que solicite, siempre y cuando éste cumpla con las reglas y parámetros de la inspección.
Si la empresa no está en cumplimiento legal de las reglas por alguna u otra razón, este tendrá derecho a subsanar este hecho, siempre y cuando le sea permitido. Si no se llega a este acuerdo la empresa será sancionada las cuales van desde 60 euros hasta 625 euros aproximadamente. Esto aplica para las infracciones leves. Para las infracciones muy graves, las sanciones aplican desde 6.251 euros hasta 187.515 euros.
¿Cuándo es el momento preciso para introducir una demanda laboral?
La demanda laboral, se considera una exigencia o un derecho del trabajador que el patrón debe cumplirle al empleado después de que lo despidió injustificadamente. Entonces, es en este momento en el que el trabajador interpone una demanda laboral, en la Junta de Conciliación y Arbitraje, en contra del patrón que lo despidió, exigiéndole los salarios no pagados, prestaciones y a veces hasta la reinstalación en el puesto que desempeñaba.
La demanda Laboral debe contener
- Nombre, dirección de domicilio y fecha de nacimiento, además de los documentos que acrediten su personalidad.
- La exposición de los hechos y causas que dan origen a su reclamación.
- Sus pretensiones, expresando en forma clara lo que se pide.
- El nombre y domicilio de las empresas o establecimientos en las que ha laborado, puestos ejecutados, actividades que has realizado, antigüedad generada y cotizaciones según la seguridad social.
- El número de seguridad social o referencia de identificación como asegurado, pensionado o beneficiario.
El término para subsanar la demanda es de cinco días y se puede reformar por una sola vez dentro de los siguientes cinco días del vencimiento del término. En este video podrás informarte un poco más sobre este tema.
¿Cómo actuar ante la Inspección de Trabajo?
Las inspecciones de trabajo pueden iniciarse con una visita sorpresa. Por lo tanto, hay que estar informado del protocolo, de cómo actuar, las obligaciones que tenemos y los derechos que nos asisten. Lo primero que hay que hacer es avisar al responsable del centro de trabajo y a los representantes de los trabajadores.
Hay que ponerse en contacto con un especialista en laboral desde que se tiene conocimiento de la actividad inspectora ya que sus recomendaciones han de reducir el impacto de la inspección y sus consecuencias.
¿Cómo se realizan las inspecciones de trabajo?
Por lo general, las inspecciones se realizan en una visita sin previo aviso al centro o lugar de trabajo. Esta visita puede realizarse por un funcionario o por varios y puede durar todo el tiempo que sea necesario y en ella deberás dar respuesta a las preguntas del inspector y proporcionarle la documentación que te requiera. Por ello, procura tener la documentación bien ordenada y evita la pérdida de documentos.
Durante la visita de los inspectores también puede ocurrir que se solicite la comparecencia de quien esté obligado, aportando la documentación requerida o presentando testimonio en las oficinas de la ITSS. Las personas obligadas pueden ser empresarios, trabajadores u otros dependiendo de la complejidad del caso.
Otra forma de realizar la inspección es mediante la comprobación de datos y antecedentes que estén registrados en las Administraciones Públicas. Por último, la Inspección puede actuar por expediente administrativo.
Las actuaciones comprobatorias no podrán extenderse por un periodo superior a 9 meses (salvo casos excepcionales). Una vez inicien estas actuaciones, no podrán interrumpirse por un período superior a 5 meses, salvo excepciones.
En cualquier caso, si recibes una visita de los inspectores de trabajo, procura facilitarle todo lo posible su labor. Evita acciones que se consideren obstrucción a la autoridad laboral en el centro de trabajo para evitar una notificación con un acta de sanción.

Resultados y consecuencias denuncia inspección de trabajo
Una vez finalizada la inspección, has de esperar por el resultado de la misma. Tu empresa recibirá, en un plazo de máximo 9 meses tras la actuación de la Autoridad Laboral, una notificación por correo certificado con la resolución de la inspección.
En caso de que consideres que hay un error, podrás realizar una aplicación para recurrir la sanción siguiendo este procedimiento. Por ello, es importante que compruebes concienzudamente que lo que pone en la notificación sea correcto:
Si la persona que realiza la Inspección de Trabajo y Seguridad Social considera que se ha incurrido en un ilícito penal, lo comunicará al órgano competente para resolver, quien acordará, en su caso, la remisión del expediente al Ministerio Fiscal y se abstendrá de seguir el procedimiento administrativo sancionador a que se refiere el Capítulo III por los mismos hechos, hasta que el Ministerio Fiscal, en su caso, resuelva no interponer acción o le sea notificada la firmeza de la sentencia o auto de sobreseimiento que dicte la autoridad judicial.