Ineptitud sobrevenida causal de despido objetivo

La ineptitud sobrevenida es una acción legal de tipo laboral que afecta a los trabajadores en una empresa. Existen ciertas características que definen este concepto, en este artículo te daremos todos los detalles no te lo pierdas.

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Ineptitud sobrevenida

En el ámbito de las leyes laborales es llamado como despido por ineptitud sobrevenida. Sucede cuando se genera la extinción de un contrato laboral de una persona con el empleado; este tipo de culminación de relación laboral se puede dar motivado a muchas causas; las cuales en la mayoría de los casos son generadas por el trabajador.

Para los órganos legales el despido objetivo por ineptitud sobrevenida, se considera un hecho en el cual se manifiesta: «La inhabilitación o carencia de facultades profesionales que tiene su origen en la persona de trabajador. Bien por falta o actualización de los conocimientos, bien por deterioro o pérdida de los recursos de trabajo, rapidez, percepción, destreza, capacidad de concentración, etc.»

Efectos

Para que el despido ineptitud sobrevenida sea una causa objetiva o real, es necesario que la ley considere necesario y como un hecho, la colocación efectiva de trabajador en la empresa. Por lo tanto la ineptitud existe con anterioridad al cumplimiento del periodo de prueba la cual no podrá alargarse para su cumplimiento.

¿Qué es la ineptitud?

Este término está directamente vinculado con las personas. Se puede interpretar de varias formas; pero en los términos legales se establece cuando una persona trabajadora la cual cumple funciones en una empresa o para un empleador, demuestra pérdidas de sus facultades para cumplir las labores o prestar un servicio.

Esta pérdida se basa en la disminución de las capacidades físicas o legales para realizar una actividad laboral. Pero también se considera dentro de los aspectos legales, como la falta de adaptación a las novedades técnicas relacionadas con su puesto.

Tipos de incapacidad

Sabemos que todas condiciones de las personas para ejercer una función laboral no son iguales. Por lo que la incapacidad también se puede manifestar de varias formas:

  • De tipo permanente y no ocasional.
  • Originarse después del inicio del contrato de trabajo.
  • Ajena a la voluntad del trabajador, donde no se incluye la disminución de tipo voluntario en su rendimiento. Llevando directamente al despido disciplinario contemplado en el art. 54.2.e Estatuto de los Trabajadores.

Características

Es bueno que las personas conozcan realmente todo lo relacionado con este tipo de condición laboral. Su importancia radica en que está tipificada como legal cuando el trabajador presenta ciertas características, veamos algunas.

Durante el periodo de prueba

Este procedimiento es realizado por las empresas y empleadores con el objeto de observar y analizar la capacidad de un trabajador antes de ser contratado en un puesto de trabajo.

Los periodos de prueba son un buen ejemplo, los cuales determinan si una persona puede dominar las actividades relacionadas con el puesto. En este sentido, de no poder cumplir con las obligaciones vinculadas al puesto de trabajo, se considera una ineptitud de tipo originaria, generada antes del periodo de prueba.

En este caso legalmente no existirá el despido legal sino simplemente la no aceptación por parte del empleador le genera el desistir del contrato antes de firmarlo. Los beneficios únicos de las personas durante el periodo de prueba el cual no haya podido superar solo llegan hasta él cancelando las horas de tiempo invertidas en el proceso.

Cuando es temporal y Permanente

Ya habíamos descrito esta característica pero no la habíamos detallado. En este caso es el resultado de la ineptitud y la incapacidad de realizar adecuadamente las tareas asignadas en el puesto de trabajo; esta situación es diferente a la anterior y el trabajador ya se encuentra en una posición de contratado.

Se considera temporal cuando la ineptitud puede ser superada o considerada por el empleador. Permitiéndole al trabajador realizar otras tareas donde pueda demostrar su capacidad. Sin embargo, resulta de tipo permanente y conlleva a acciones legales solo cuando se demuestra  disminución es evidente de tipo anatómica o incompetencia en graves que disminuyen su anulación y capacidad laboral.

Diferencias

En el marco legal se pueden dar divergencias con respecto al manejo de los términos relacionado con la ineptitud sobrevenida como causa extintiva y la invalidez permanente en ciertos grados, tipificadas en el artículo 49. 5 del Estatuto de los Trabajadores.

En el primero de los casos se considera un tipo de ineptitud la cual no tiene ninguna relación con incapacidades físicas o mentales. Lo cual limita por condiciones naturales de la persona a realizar alguna actividad eficientemente; la ley en este caso busca proteger la integridad del trabajador y las condiciones de la empresa.

Omitir este tipo de comportamiento puede ser grave, generando daños a la integridad del trabajador y materiales de la empresa. Con respecto a la ineptitud sobrevenida, la ley se refiere a una inhabilidad o carencia de facultades profesionales que tiene su origen en la persona del trabajador.

Asimismo, se puede dar también por el deterioro o pérdida de sus recursos de trabajo, percepción, destreza, rapidez, lo que no es igual a una invalidez. Todos estos elementos se encuentran descritos claramente en las condiciones de los trabajadores de los reglamentos de la Seguridad Social.

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La disminución voluntaria

Para muchos abogados siempre es importante definir diferencias en los conceptos relacionada con el tipo de disminución de las actividades bien sea por ineptitud sobrevenida o por disminución voluntaria de rendimiento. La primera ya la hemos visto y se relaciona directamente con la falta de capacidades naturales u originarias.

En el caso de las segundas, no se considera un caso de ineptitud sino de un incumplimiento en sus actividades por parte del trabajador de forma voluntaria. Esto ocasiona la culpabilidad directa del trabajador. Estas acciones se toman en cuenta solo cuando la conducta y comportamiento es evidente, pero con la condición de saber que dicha persona tiene las capacidades para realizar las labores del puesto.

Los empleadores

Cada empresa o empleador debe conocer los aspectos aspecto legales. Esto le permite poder aplicar procedimientos administrativos, bien sea por despido por ineptitud sobrevenida indemnización, o por algunas de las nombradas en este artículo y establecidas en las normativas legales laborales del país.

Es importante contar con un buen asesoramiento en derecho laboral o contar con profesionales de calidad que puedan saber cómo aplicar procedimientos de este tipo en la empresa.

Conclusión

Esperamos haber respondido sus preguntas relacionadas con este interesante tema. Recuerde que la posición de cada parte en una empresa, es diferente y debe ser tomada en cuenta; si deseas ampliar este contenido te recomendamos leer el siguiente artículo Despido por absentismo ,donde se ofrecen detalles relacionados con este tema.

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